Los desposorios, en hebreo "erês", eran un contrato hecho ante testigos entre el padre de la esposa por un lado y el padre del esposo por otro. El objeto era no solo la unión de los cónyuges, sino todo lo relativo a la cantidad que se habría de pagar al padre de la esposa. A veces, no siempre, la novia era dotada por su padre, pero era una excepción.

Los desposorios se realizaban mucho antes de las bodas, entre los seis meses y un año. Sin embargo, esta costumbre no era general pues en ocasiones el ajuste y el casamiento se realizaban en el mismo acto. Como quiera que sea, desde el día en que se celebraban los desposorios o esponsales se consideraba como ajustado el matrimonio, recibiendo la mujer el título de esposa aunque no cohabitase con su marido. Por eso cuando después de los desposorios se negaba el esposo a contraer definitivamente el matrimonio, estaba obligado a dar líbelo de repudio a la mujer; y también si ella había pecado con otro hombre, era tratada como adúltera y podía ser castigada con la muerte a pedradas (lapidación). Para la adúltera casada se reservaba el castigo de la estrangulación que el mismo marido podía ejecutar.

Llegado el día de la boda, el esposo preparaba en su casa el banquete y, ataviado con las vestiduras nupciales y acompañado de jóvenes de su edad, músicos y cantores, pasaba a casa de la esposa. Esta estaba con las mejores galas, ceñida la cabeza con una corona y acompañada de doncellas de su edad seguía con toda pompa a su esposo.

En tiempos menos antiguos, cuando la esposa se trasladaba a casa de su esposo, generalmente de noche, la alumbraban con antorchas o lámparas de aceite (Mateo 25:1-12). Los hombres se entregaban al banquete y las mujeres se sentaban en otra mesa en el gineceo (lugar de la casa reservado para ellas). Al final de la comida se deseaba a la recién casada una dilatada descendencia (era la bendición nupcial). Por último, la esposa, que había permanecido constantemente tapada, era conducida al tálamo nupcial mientras los invitados seguían celebrando hasta que se agotaba el vino.

Las concubinas

Concubina era la que sin estar casada vivía conyugalmente con un hombre. El significado etimológico es "acostarse juntos". En el Génesis (16:1-6) se la define como "una mujer legítima, pero de segundo orden e inferior a la señora de la casa". Los hijos nacidos de esta unión son prohijados por la esposa, adquiriendo rango propio.

Lo que distinguía a las concubinas es que sus bodas no se celebraban con solemnidad y ceremonias públicas. Su matrimonio, aunque legítimo, se hacía con un simple consentimiento mutuo. A veces, los mismos padres, daban una esclava por concubina a sus hijos para evitar que se entregasen al libertinaje.

No se podía negar los derechos de esposa a la concubina, ni tampoco venderla. La familia del marido debía considerarla como su hija o nuera. Entre la clase pobre no se daban muchos casos de concubinato, y cuando esto ocurría el motivo era excusado por manifiesta esterilidad por parte de la primera esposa.

 

© M. Victoria Ródenas Guijarro